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Seis preguntas y respuestas clave para entender los cambios en el Impuesto a las Ganancias

La medida ya fue oficializada en el Boletín Oficial, pero aún debe ser reglamentada por la AFIP. Mantiene el piso en $ 1,8 millón para solteros y $ 2,2 millones para personas con dos hijos.

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Los seis puntos para entender los cambios en el Impuesto a las Ganancias. (Foto: AFIP)

Este lunes fueron publicados en el Boletín Oficial los cambios aplicados en el Impuesto a las Ganancias. Se trata de la restitución de la cuarta categoría del tributo, la cual fue sancionada a fines de junio dentro del paquete fiscal que el Ejecutivo envió al Congreso.

La medida fue informada a través del decreto 652/2024. De acuerdo al tributarista Sebastián Domínguez, en diálogo con TN, hay seis preguntas clave para entender cómo se aplicarán los cambios.

Leé también: El Gobierno reglamentó los cambios del Impuesto a las Ganancias: quiénes están alcanzados

Preguntas y respuestas clave para entender los cambios en el Impuesto a las Ganancias

¿Ya está en vigencia?

Sí, la norma se reglamentó hoy en el Poder Ejecutivo, pero todavía falta la reglamentación de la AFIP.

¿Se van a aplicar las retenciones en el próximo recibo de sueldo?

El Ejecutivo estableció que el impuesto aplicará para los sueldos de julio -percibidos a principios de agosto- para comenzar a recibir la recaudación. Sin embargo, a esta fecha, los empleadores no están en condiciones de hacer los cálculos de las retenciones al Impuesto a las Ganancias con este nuevo régimen para que ingresen al próximo recibo. Es decir, si un empleador tiene que pagar la remuneración de julio, aún no puede hacer las cuentas para aplicar la retención porque falta la reglamentación de la AFIP.

¿Qué pasa si no entra la retención del Impuesto a las Ganancias en el próximo recibo de sueldo?

Si no se aplica la retención en el recibo de agosto, la AFIP tiene que contemplar que ese impuesto se descuente en cuotas de acá a fin de año.

¿El Impuesto a las Ganancias es retroactivo?

Esta reforma es retroactiva al 1 de enero, pero con la salvedad de que nadie va a pagar más Impuesto a las Ganancias de lo que ya pagó por el impuesto cedular.

¿Cuál es el piso de Ganancias?

El piso de Ganancias será para trabajadores en relación de dependencia que perciban salarios brutos de $1.800.000 para solteros y $2.200.000 para casados con dos hijos.

¿Cómo serán las actualizaciones del impuesto?

Durante este año habrá actualizaciones trimestrales (en septiembre y diciembre). Sin embargo, los montos y las escalas a partir del 2025 se ajustarán de forma semestral, a partir del 1° de enero y del 1° de julio, y se hará por el índice de Precios al Consumidor (IPC).

Cambios en el Impuesto a las Ganancias. (Foto: AFIP)

Cambios en el Impuesto a las Ganancias. (Foto: AFIP)

Impuesto a las Ganancias: la escala, según el asesor tributario Sebastián M. Domínguez

Soltero:

  • Sueldo bruto de $1.800.000,00: paga $0
  • Sueldo bruto de $1.900.000,00: paga $4149,98
  • Sueldo bruto de $2.000.000,00: paga $10.939,99
  • Sueldo bruto de $2.100.000,00: paga $19.879,97
  • Sueldo bruto de $2.200.000,00: paga $30.799,96
  • Sueldo bruto de $2.300.000,00: paga $44.141,60
  • Sueldo bruto de $2.400.000,00: paga $61.979,36
  • Sueldo bruto de $2.500.000,00: paga $80.979,96
  • Sueldo bruto de $2.600.000,00: paga $99.979,36
  • Sueldo bruto de $2.700.000,00: paga $118.979,26
  • Sueldo bruto de $2.800.000,00: paga $138.817,12
  • Sueldo bruto de $3.200.000,00: paga $230.817,12
  • Sueldo bruto de $3.300.000,00: paga $256.654,88
  • Sueldo bruto de $3.900.000,00: paga $418.654,88
  • Sueldo bruto de $3.900.000,00: paga $618.654,88
  • Sueldo bruto de $4.900.000,00: paga $728.492,64
  • Sueldo bruto de $5.100.000,00: paga $797.830,40
  • Sueldo bruto de $5.100.000,00: paga $937.830,40

Soltero con 2 hijos:

  • Sueldo bruto de $1.800.000,00: paga $0
  • Sueldo bruto de $1.900.000,00: paga $0
  • Sueldo bruto de $2.000.000,00: paga $0
  • Sueldo bruto de $2.100.000,00: paga $215,85
  • Sueldo bruto de $2.200.000,00: paga $4365,85
  • Sueldo bruto de $2.300.000,00: paga $11.863,52
  • Sueldo bruto de $2.400.000,00: paga $23.151,36
  • Sueldo bruto de $2.500.000,00: paga $37.439,20
  • Sueldo bruto de $2.600.000,00: paga $52.489,66
  • Sueldo bruto de $2.700.000,00: paga $72.489,66
  • Sueldo bruto de $2.800.000,00: paga $91.489,66
  • Sueldo bruto de $3.200.000,00: paga $174.540,11
  • Sueldo bruto de $3.300.000,00: paga $197.540,11
  • Sueldo bruto de $3.900.000,00: paga $352.550,97
  • Sueldo bruto de $4.900.000,00: paga $652.641
  • Sueldo bruto de $4.000.000,00: paga $452.550,97
  • Sueldo bruto de $5.100.000,00: paga $714.641,02
  • Sueldo bruto de $5.500.000,00: paga $852.191,47

Casado con 2 hijos:

  • Sueldo bruto de $1.800.000,00: paga $0
  • Sueldo bruto de $1.900.000,00: paga $0
  • Sueldo bruto de $2.100.000,00: paga $0
  • Sueldo bruto de $2.200.000,00: paga $0
  • Sueldo bruto de $2.200.000,00: paga $0
  • Sueldo bruto de $2.300.000,00: paga $0
  • Sueldo bruto de $2.400.000,00: paga $1683,33
  • Sueldo bruto de $2.500.000,00: paga $8030,01
  • Sueldo bruto de $2.600.000,00: paga $18.040,01
  • Sueldo bruto de $2.700.000,00: paga $31.050,01
  • Sueldo bruto de $2.800.000,00: paga $46.050,01
  • Sueldo bruto de $3.200.000,00: paga $121.396,38
  • Sueldo bruto de $3.300.000,00: paga $141.743,36
  • Sueldo bruto de $3.900.000,00: paga $287.090,03
  • Sueldo bruto de $4.900.000,00: paga $577.436,70
  • Sueldo bruto de $4.900.000,00: paga $441.272,15
  • Sueldo bruto de $5.100.000,00: paga $639.436,70
  • Sueldo bruto de $5.500.000,00: paga $767.283,37.

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