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Anulan un examen psiquiátrico pedido por Fernando Espinoza a la víctima de abuso sexual

El juez Luiz Schelgel anuló este miércoles una polémica pericia psiquiátrica a Melody Rakauskas que había dispuesto la fiscal Mónica Cuñarro en la causa por abuso sexual contra el intendente K de La Matanza Fernando Espinoza. Mientras tanto, la querella de Rakauskas solicitó el apartamiento de la fiscal Cuñarro por no defender a la víctima y ser parcial en el caso.

En un escrito al que accedió Clarín, el magistrado dejó sin efecto la polémica pericia psiquiátrica a Rakauskas dispuesta por la fiscal basándose en fallos de la Corte Suprema de Justicia. Además, la medida se dispuso cuando Espinoza ya tiene procesamiento confirmado por la Cámara del Crimen. Cuñarro se incorporó a la causa cuando ya está avanzada.

Pero Agostinelli no decidió aún si acepta la recusación de Cuñarro ya que en su resolución solo dijo “téngase presente” al pedido del abogado de la querella, Marcelo Urra.

Espinoza está procesado por abuso sexual y desobediencia de la Justicia y apeló a la Cámara de Casación mientras la querella quiere ir ya a juicio oral.

En su escrito, el abogado Urra pidió el apartamiento de Cuñarro por “violar el principio de imparcialidad y no cumplir con la ley Micaela: manifiesta contra la víctima en tanto que al victimario no se lo ha llamado a pericia alguna».

No se lo ha investigado a Espinoza, ni siquiera se periciaron en su momento sus dispositivos ó computadora, ni siquiera se realizó un allanamiento pertinente en su domicilio (mínimo ), ni se le ha solicitado el cumplimiento fehaciente de las capacitaciones que exige la ley Micaela” pero la fiscal dispuso una pericia a la víctima,señala el escrito de la querella.

“El deber de la fiscal Cuñarro es velar y proteger a la víctima” pero hace todo lo contrario, agregó.

En vez de investigar al victimario, “Cuñarro se concentró arduamente en hacer una clara “excursión de pesca” solicitando información de causas ajenas al “abuso sexual” y “desobediencia” cometido por el ya procesado Fernando Tomás espinoza”.

Durante estos tres años y medio desde que se abrió la cusa, la fiscal no hizo cumplir a Espinoza la disposición de tomar un curso sobre violencia de género de la llamada ley Micaela.

La querella “solicitó la elevacion a juicio oral pero la fiscal Cuñarro con una visible e incomprensible lentitud no se expide al respectoo, por todo esto reitero solicito la inmediata remoción de la fiscal”, agregó el escrito de la querella.

El mes pasado, Espinoza,apeló ante la Cámara de Casación Nacional su procesamiento por abuso sexual de Rakauskas, recurriendo a datos de la adolescencia de la víctima, pidiendo que le realicen un «examen psiquiátrico» y destacando que había estado en una «red de prostitución» y que podría ser «una infiltrada» de la política. Lo hizo poniendo más énfasis en esos antecedentes que en las pruebas de la causa. Cuñarro tomó ese pedido para disponer el examen ahora anulado.

Melody Rakauskas mostró fotos de supuestas hematomas que le provocó Espinoza.Melody Rakauskas mostró fotos de supuestas hematomas que le provocó Espinoza.

En cambio, la modelo Rakauskas pidió elevar la causa ya mismo a juicio oral y público para dirimir el caso en esa instancia, anunció su abogado Marcelo Urra, luego de que la jueza de instrucción María Fabiana Galetti aceptó el carácter de querellante de la joven.

El carácter de querellante le permitirá a la modelo pedir medidas de prueba, por ejemplo, en la causa.

El recurso de Espinoza presentado esta semana ante la Cámara del Crimen porteño logra frenar, por ahora, que se decida ir a juicio oral y público, sobre porque porque se reservó la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia si llega a perder también en Casación.

Así el dirigente K cree que no tiene que pedir eventualmente licencia a su cargo de intendente de la municipalidad más grande del Gran Buenos Aires y que el peronismo gobierno en forma ininterrumpida desde 1983.

Los abogados del jefe comunal le pidieron a la jueza de instrucción María Fabiana Galetti “que se abstenga de ejecutar la decisión dictada por el Superior ‘hasta tanto no se resuelva el recurso de casación (y su eventual queja)” ante la Corte Suprema.

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