lunes, 3 febrero, 2025
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Qué dice el decreto del Gobierno sobre el autoservicio de combustibles

El reciente decreto del Gobierno que permite el autoservicio de combustibles ha generado un gran impacto en el sector energético y en la opinión pública. Publicado en el Boletín Oficial el 29 de enero de 2025, el Decreto 46/2025 regula esta nueva modalidad de expendio de combustibles, la cual había sido anunciada en diciembre de 2024 por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

El autoservicio de combustibles permite a los conductores cargar el combustible por sí mismos, sin la asistencia de un jugador. Esta modalidad ya es común en países como Estados Unidos, Uruguay, Paraguay y algunos estados de la Unión Europea, y a ahora el Gobierno argentino la quiere implementar. 

 En Argentina, se implementó inicialmente en pruebas piloto en estaciones de servicio de YPF y Shell en la Ciudad de Buenos Aires y Mendoza. El Gobierno argumenta que esta medida puede traer varios beneficios, entre ellos:

Al eliminar la necesidad de personal para cargar combustible, las estaciones de servicio pueden reducir sus gastos operativos. Esto podría traducirse en precios más bajos para los consumidores. El autoservicio permite a los conductores cargar combustible en horarios nocturnos o en días festivos cuando las estaciones de servicio tradicionales podrían estar cerradas.

En algunas zonas del país, las estaciones de servicio han sido blanco de robos y hechos de violencia, especialmente en horario nocturno. El autoservicio podría reducir estos riesgos al minimizar la presencia de personal en el lugar.

Sin embargo, la medida también ha generado preocupaciones, especialmente entre los trabajadores de las estaciones de servicio. Según Carlos Acuña, secretario general adjunto del sindicato de Obreros de Estaciones de Servicios, esta nueva modalidad podría poner en riesgo hasta 70,000 empleos en todo el país.

Preocupaciones

Además, se han planteado preocupaciones sobre la seguridad del manejo autónomo de combustibles y el riesgo de derrames o incendios. El Decreto 46/2025 establece que el autoservicio será una modalidad opcional y no obligatoria. Las estaciones de servicio podrán adoptar un sistema mixto, instalando algunos surtidores de autoservicio mientras mantienen otros atendidos por personal.

Para implementar esta modalidad que quiere el Gobierno, las estaciones de servicio deben solicitar autorización ante la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, que será responsable de fijar las condiciones de seguridad y funcionamiento.

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