La Justicia fueguina dictó una sentencia histórica en Río Grande: un hombre fue condenado a 20 años de prisión por abusar sexualmente durante años de una menor, en una causa donde la víctima falleció antes de poder declarar.
La Justicia fueguina dictó una sentencia histórica en Río Grande: un hombre fue condenado a 20 años de prisión por abusar sexualmente durante años de una menor, en una causa marcada por el dolor y por una particularidad inédita en la provincia, ya que el fallo se sostuvo sin el testimonio directo de la víctima.
El Tribunal de Juicio encontró responsable al acusado por abuso sexual agravado con acceso carnal y corrupción de menores agravada, por hechos ocurridos entre 2008 y 2016 en un contexto de convivencia. La denuncia se formalizó en 2019, pero la joven nunca pudo declarar en Cámara Gesell. Esa instancia fue suspendida en reiteradas oportunidades y, antes de concretarse, la víctima falleció.
Ese dato atravesó todo el proceso judicial. Pese a esa ausencia, el tribunal consideró acreditados los hechos a partir de prueba reunida en la investigación y, especialmente, por los testimonios de personas que escucharon de la propia joven los relatos sobre los abusos sufridos. Sobre esa base, los jueces resolvieron acompañar el pedido de la fiscalía y fijar una pena de 20 años de prisión.
El caso no sólo impacta por la gravedad de los delitos, sino por el precedente que deja. La sentencia reconoce valor probatorio a testimonios indirectos en una causa de abuso sexual donde la víctima no pudo llegar a declarar, una decisión con posible proyección para futuros procesos. También vuelve a exponer una discusión incómoda: los tiempos de la Justicia. Las demoras para concretar la declaración de la joven aparecieron durante el juicio como parte del contexto de una causa atravesada por postergaciones.
Y aunque el fallo cierra una instancia judicial, deja abiertas preguntas sobre las respuestas institucionales frente a víctimas que necesitan protección y celeridad. Los fundamentos completos se conocerán el 13 de mayo. Mientras tanto, la condena ya quedó inscripta como un fallo singular en Tierra del Fuego: por la pena, por las circunstancias y porque, aun sin la voz directa de la víctima en el debate, el tribunal entendió que había pruebas suficientes para condenar.
