jueves, 7 mayo, 2026
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El STJ rechaza la designación de una jueza y devuelve el concurso al Consejo de la Magistratura

Por primera vez, el Superior Tribunal de Justicia aplica el artículo 161 de la Constitución Provincial para rechazar una propuesta del Consejo de la Magistratura, al considerar que la candidata seleccionada no reunía el mérito suficiente frente a otros postulantes.

En una decisión inédita, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Tierra del Fuego resolvió no refrendar la designación de la doctora María Elena Guerrero como jueza de Familia 1 de Ushuaia, cargo que había sido propuesto por el Consejo de la Magistratura en noviembre de 2025. Mediante la acordada 24/2026, los jueces Javier Muschnick, María del Carmen Battaini y Gonzalo Sagastume determinaron que, tras analizar los antecedentes de las tres postulantes, la candidata elegida no era la que presentaba mayor idoneidad profesional.

La decisión se fundamenta en el artículo 161 de la Constitución Provincial, que otorga al STJ la facultad de revisar las propuestas del Consejo de la Magistratura. Hasta ahora, ese control se había ejercido de manera formal, pero en esta ocasión los magistrados consideraron que correspondía evaluar el mérito de los aspirantes. Según el fallo, las otras dos postulantes cuentan con mayores niveles de antecedentes y trayectoria laboral que la doctora Guerrero.

La resolución implica la devolución del concurso al Consejo de la Magistratura, que deberá iniciar un nuevo proceso de selección. La doctora Guerrero se desempeñaba como funcionaria del propio STJ y está vinculada políticamente al Gobierno provincial por ser esposa del director ejecutivo de AREF, Oscar “Chicho” Bahamonde. En el Consejo de la Magistratura había votado a favor de su designación la presidenta de ese cuerpo, la doctora Miriam Cristiano, quien también integra el STJ.

El fallo marca un cambio de criterio respecto de prácticas anteriores, en las que el STJ solía convalidar sin objeciones las decisiones del Consejo. Los magistrados subrayaron que la selección de jueces debe basarse en el mérito y la idoneidad profesional, y que en este caso no se cumplieron esos estándares.

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